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El Senado determinará si proceden solicitudes sobre desaparición de poderes en Guanajuato y Guerrero

 

México (Newsmexico.com.mx).-  La presidenta de la Comisión de Gobernación, Mónica Fernández Balboa, afirmó que este órgano legislativo tendrá la tarea de determinar si son procedentes las solicitudes para que el Senado ejerza la facultad constitucional en materia de desaparición de poderes en Guerrero y Guanajuato.

En entrevista, confirmó que la Comisión recibió ayer los tres documentos sobre este tema; las solicitudes que presentaron el Grupo Parlamentario del PAN y la senadora Antares Vázquez Alatorre, de Morena, así como el acuerdo que establece el procedimiento para darles trámite.

Reveló que desde ayer en la noche se realizó una revisión exhaustiva de estos documentos, para proceder conforme a la fracción V del artículo 76 de la Constitución.

En este sentido, agregó que, de acuerdo con el procedimiento aprobado por el Pleno del Senado, se realizará un estudio previo de las peticiones y posteriormente se convocará a los integrantes de la Comisión para el análisis, discusión y, en su caso, votación del tema.

Fernández Balboa enfatizó que, para elaborar el dictamen correspondiente, el órgano legislativo que preside tendrá la tarea de verificar si se cumplen o no los supuestos que se establecen en la fracción V del artículo 76 de la Carta Magna, así como en su Ley Reglamentaria.

“El resultado que tome la Comisión, se tiene que notificar de inmediato a la Mesa Directiva” del Senado, en el sentido en el que venga el proyecto, positivo o negativo, a fin de que continué su trámite correspondiente.

La senadora reconoció que, desde su personal punto de vista, en muchas ocasiones este tipo de solicitudes se realizan “por la misma efervescencia electoral”, pero pueden “llevarte efectivamente a medidas o acciones muy serias y delicadas, que no son juego”.

-- ¿Es difícil que prosperen?, se le preguntó.

-- “Es difícil, porque efectivamente, estás hablando de los tres poderes, no estás hablando de un tema al vapor”.

“Vamos a suponer que es procedente, vamos a suponer que ambas partes tienen razón y que es procedente; el primer paso es que el Ejecutivo Federal, es decir, el presidente de la República, va a mandar una terna para que entre de las personas que la compongan, se haga el nombramiento del gobernador provisional”, respondió la legisladora.

De acuerdo con el procedimiento aprobado por el Pleno del Senado, previo el estudio correspondiente, la Comisión de Gobernación elaborará el dictamen sobre la procedencia de la petición, que será votado por el Pleno del Senado.

LAS SOLICITUDES POR COYUNTURA

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal Ávila, afirmó que las solicitudes para desaparecer poderes en los estados de Guanajuato y Guerrero son un asunto de carácter electoral.

En entrevista, el legislador enfatizó que ninguna de las solicitudes procederá, pues no se cumplen los extremos jurídicos que establece el artículo 76 constitucional y su ley reglamentaria.

“Soy maestro de la UNAM y me da pena que haya tanta confusión jurídica y constitucional. No va a proceder, se los puedo decir, no como adivino, ni como un hombre que está en contra de que se castiguen actitudes incorrectas, sino porque la desaparición de poderes no se configura”, acotó.

En ese sentido, enfatizó que se trata de una estrategia política que no tendrá ninguna consecuencia, pues sólo se hablará del tema durante poco tiempo y luego no procederá.

Por ello, el senador pidió a Morena no caer en el juego de la oposición y ponerse a legislar en lugar de articular defensas contra las mentiras, las denuncias, la difamación y la calumnia.

“Hay desesperación y cada vez que sale una encuesta se desesperan más. Y por más que uno quiera mantener la prudencia y la ecuanimidad, no están dispuestos a hacerlo, porque están metidos en lo electoral”, puntualizó.

Ricardo Monreal recordó que uno de los derechos de las y los senadores es que no pueden ser reconvenidos, por lo que subrayó que la Constitución los defiende a pesar de que exista un bajo nivel de debate.

“Ya somos rehenes del proceso electoral, ya no es la Cámara, sino la lucha partidista que afuera se nota”, denunció el líder de la mayoría legislativa.

APELAN A LA PRUDENCIA

La presidenta del Senado de la República, Ana Lilia Rivera Rivera, subrayó que la desaparición de poderes en las entidades federativas es un asunto que se debe tratar con “mucho oficio político, con mucha prudencia y con mucha legalidad”, puesto que las y los legisladores de esta Cámara representan la soberanía de los estados del país.

En conferencia de prensa, dijo que el procedimiento que aprobó el Senado para desahogar estas peticiones obedece a que la Ley Reglamentaria de la facultad constitucional del Senado, sobre la desaparición de poderes en un estado, es imperfecta.

Consideró que se tiene que tomar en cuenta que se puede generar el precedente de que, en cada proceso electoral, los Grupos Parlamentarios soliciten la desaparición de poderes, sin argumentos contundentes y que sólo obedezcan a la coyuntura política.

“Si lo convertimos en una costumbre, estaríamos litigando, cada elección, la petición de desaparición de poderes de los estados, y eso sería una gravísima irresponsabilidad de nuestra parte”, subrayó la presidenta del Senado.

Detalló que el procedimiento que avaló la Cámara precisa que la Mesa Directiva reciba la petición al respecto y la turne a la Comisión de Gobernación, la cual dictaminará si es o no procedente; además, dicho dictamen será votado por el Pleno del Senado.

En caso de que la Asamblea estime que es procedente la petición, se tendrá por recibida y la Presidencia de la Mesa Directiva la turnará a la Comisión de Justicia para que, en un plazo de cinco días hábiles siguientes, presente la resolución en cuanto al fondo del asunto.

Dicho procedimiento establece que, si el Senado determina que se ha configurado la desaparición de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del estado, hará la declaratoria de que se está en el caso de nombrar un titular del Poder Ejecutivo provisional y procederá de acuerdo con lo previsto en los artículos 5, 6, 8, 9 y demás aplicables de la Ley Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 76 de la Constitución General de la República.

 

 

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