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| Fundado 24 de marzo de 2008 | 25 de febrero del 2026 |
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Juez federal admite amparo contra el Gobierno de México por 800 días de retraso en la norma oficial de diabetes y ordena actualizarla
Dijo que un Juzgado de Distrito determinó que el Gobierno federal incurrió en una omisión al no modificar la Norma, como lo ordena la Ley General de Salud desde 2023. La resolución judicial es clara: la autoridad debe concluir la actualización en un plazo máximo de tres meses. En 2023, el artículo 159 Bis de la Ley General de Salud estableció, con un plazo de 180 días, que el Estado debía diferenciar expresamente la atención de la diabetes tipo 1, tipo 2 Al no actualizarse la Norma, el sistema de salud sigue operando con lineamientos que no distinguen adecuadamente entre los distintos tipos de diabetes. Esto genera barreras en el diagnóstico oportuno, en el acceso a insulina, en el monitoreo continuo de glucosa y en el seguimiento especializado que necesitan las personas con tipo 1. Los más afectados son niñas y niños con diabetes tipo 1, una condición autoinmune que no se puede prevenir y que requiere tratamiento permanente con insulina. Sin atención diferenciada y protocolos claros, el riesgo de complicaciones graves —como crisis hiperglucémicas, hospitalizaciones e incluso la muerte— aumenta considerablemente. Hoy 24 de febrero de 2026, el Diario Oficial de la Federación publicó los lineamientos del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad (Programa) y su Suplemento con los temas y proyectos de Normas Oficiales Mexicanas. El propio Diario Oficial confirma enneste documento que, el proceso de modificación sigue en trámite, lo que significa que aún no hay cambios efectivos que garanticen atención diferenciada en todo el sistema público de salud. Ante esta omisión, y con el acompañamiento del Consejo de Litigio Estratégico, una madre promovió un amparo en representación de su hija menor con diabetes tipo 1. El Juez reconoció que la falta de actualización de la NOM vulnera el derecho a la salud, la legalidad y la seguridad jurídica, y ordenó que las autoridades concluyan la modificación en un plazo máximo de tres meses.
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