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Aprueban reformas al Código Penal local en materia retroactividad de la ley
Al fundamentar el dictamen aprobado, a nombre de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, la diputada Elizabeth Mateos Hernández explicó que el objetivo central de derogar el Artículo Tercero Transitorio del citado Código es ajustar la aplicación retroactiva de la ley, en beneficio de las personas. “Ello de conformidad con las reglas previstas para ese efecto y crucialmente la atención al principio pro persona fijado por nuestra Constitución federal, los tratados internacionales en materia de derechos humanos y las jurisprudencias emitidas por los más altos órganos jurisdiccionales”, subrayó. Recordó que el 24 de diciembre de 2025 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, un decretó que reformó diversas disposiciones de las normas citadas para fortalecer el marco legal en materia de género y acceso a una vida libre de violencia para las mujeres. Consideró que pese a que se dio un paso importante para proteger los derechos de este grupo poblacional, en el Artículo Tercero Transitorio se estableció que los procedimientos penales iniciados antes de la entrada en vigor del presente decreto, se seguirían tramitando hasta su conclusión, conforme a las disposiciones vigentes al momento de la comisión de los hechos, y que lo mismo se debería observar respecto a la ejecución de las penas correspondientes. “En esencia, significaba que aquellos casos iniciados antes del 25 de diciembre de 2025, incluso si las reformas posteriores introducían penas más benignas o modificaban favorablemente la situación jurídica de una persona acusada, seguirían siendo juzgados y sancionados bajo la ley anterior, potencialmente más severa”, explicó la morenista.
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